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[Código Penal] CAPÍTULO 4: De las armas de fuego y su porte

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Mensaje por SyRgOnZa Dom Abr 24, 2016 1:27 am

[Código Penal] CAPÍTULO 4: De las armas de fuego y su porte De83a244c1fb

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Código Penal
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CAPÍTULO 4:
De las armas de fuego y su porte
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[size=12pt] Todo ciudadano del Estado de Los Santos puede ejercer su derecho al porte de armas para la protección personal o familiar con salvoconducto. Mas sin embargo, aquel que viole los artículos del capítulo cuatro sobre el porte de armas del Código Penal del Estado de Los Santos, estará violando los parámetros del artículo constitucional, con lo cual recibirá como consecuencia una sanción que incluye la suspensión de la licencia sin posibilidad de renovación..[/size]
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[size=14pt]Artículo 4.1 Posesión ilegal de armas:[/size] De todo ciudadano que posea una o más arma sin su salvoconducto correspondiente o con uno falsificado. Sanción: Cárcel de 15 meses (( 15 min )). Incautación del arma.
Agravantes por cantidades:
Estos se aplican en todos los casos, sumados a la pena inicial.
-Armas punzantes que superen las medidas legales: + Multa 150$ c/u ( Sin pena de cárcel )
-Puño americano: + Multa 150$ c/u ( Sin pena de cárcel )
-Bombas caseras (véase Cócteles Molotov): + Multa $500 c/u
-9mm: + Multa $500 c/u
-Desert Eagle: + Multa $2000 c/u
-TEC-9/MAC-10: + Multa $2500 c/u
-Escopetas/Rifles de caza: + Multa $1500 c/u
-MP5: + Multa $3000 c/u
-AK47/M4: + Multa $5000 c/u

[size=14pt]Artículo 4.2 Posesión de armas ilícitas con intención de contrabando:[/size] Consta de aquel individuo que sea detenido
con una cantidad de dos armas o superior a ello sin el salvoconducto correspondiente para cada una. Sanción: Multa 4.000$ mas multa por armas encontradas. Cárcel de 15 meses (( 15 min )). Incautación de las armas.( Esta sanción prevalece a los artículos 4.1 )

[size=14pt]Artículo 4.3 Tráfico de armas:[/size] Entiéndase como todo ciudadano que sea evidenciado realizando un intercambio de armamento ilícito. Sanción: Multa 5.000$. Cárcel de 25 meses (( 25 min )). Incautación de las armas. ( Esta sanción prevalece a los artículos 4.1, 4.2 )

[size=14pt]Artículo 4.4 Mostrar el arma de fuego en público sin salvoconducto:[/size] Aquel ciudadano que desenfunde su arma en la vía pública o frente a una multitud sin licencia para su porte legal. Sanción: Cárcel de 10 meses (( 10 minutos )). Incautación del arma

[size=14pt]Artículo 4.5 Mostrar el arma de fuego en público con salvoconducto:[/size] Aquel ciudadano que desenfunde su arma en la vía pública o frente a una multitud sin una justificación válida y con su licencia correspondiente para su porte legal. Sanción: Calabozo (( 5 min )). Multa 5.000$

[size=14pt]Artículo 4.6 Compra de armas ilícitas:[/size] Todo individuo que sea visto en fragancia adquiriendo cualquier tipo de arma ilícita. Sanción: 10 meses de prision (( 10 min )). Incautación de las armas.

SyRgOnZa

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