[Código Penal] CAPÍTULO 3: De los hurtos y los asaltos
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[Código Penal] CAPÍTULO 3: De los hurtos y los asaltos
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Código Penal[/size]
Código Penal[/size]
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CAPÍTULO 3:
De los hurtos y los asaltos[/size]
CAPÍTULO 3:
De los hurtos y los asaltos[/size]
[size=14pt]Artículo 3.1 Allanamiento de morada:[/size] Invasión por parte de un individuo a una propiedad privada sin el consentimiento de su propietario y/o responsable. Sanción: Multa 1500$ y Calabozo (( 5 min ))
[size=14pt]Artículo 3.2 Posesión ilícita de propiedad privada:[/size] Extracción de cualquier elemento u objeto que no sea de la propiedad del individuo sin el previo consentimiento del dueño. Sanción: Multa 3.500$. Cárcel de 20 meses (( 20 min )). Indemnización por los elementos sustraídos. ( Esta sanción prevalece a los artículos 3.1 )
[size=14pt]Artículo 3.3 Asalto a mano armada a través de armas blancas:[/size] Entiéndase como todo aquel ciudadano que intente a asaltar o que asalte a otro individuo por medio de armas blancas o suponiendo su existencia en el hecho. Sanción: Multa 1.000$. Cárcel de 20 meses (( 20 min )) Devolución o compensación por los bienes extraídos.
[size=14pt]Artículo 3.4 Asalto a mano armada a través de armas de fuego:[/size] Entiéndase como todo aquel ciudadano que intente asaltar o que asalte a otro individuo por medio de armas de fuego o suponiendo su existencia en el hecho. Sanción: 5.000$ Multa. Cárcel de 25 meses (( 25 min )). Devolución o compensación por los bienes extraídos. Sustracción de licencia de armas.
[size=14pt]Artículo 3.5 Robo de un vehículo con el uso de la fuerza:[/size] Robo de un vehículo con ocupantes, implementando el uso de armas blancas, de fuego o la fuerza física. Sanción: Multa de 2.000$. Cárcel de 15 meses (( 15 minutos )). Devolución del vehículo robado.
[size=14pt]Articulo 3.6 Daños a la propiedad privada o estatal:[/size] Daños a la propiedad del estado, sea instalaciones públicas o recintos privados Sanción: Multa de 3.000$ o Calabozo (( 5 min a 10 min )). Indemnización de los daños.
[size=14pt]Articulo 3.7 Robo de un vehículo sin el uso de la fuerza:[/size] Se entiende a toda persona que por medios específicos (véase ganzúas, destrucción o forzamiento del vehículo) intenten o logren hacerse con el vehículo ajeno de un tercero con la intención de robarlo Sancion: Multa de 3.000$. Cárcel de 15 meses (( 15 min )) . Devolución del vehículo robado.
SyRgOnZa- Mensajes : 11
Fecha de inscripción : 23/04/2016
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